Reducción de la condena a un octogenario que mató a un ladrón en Ciudad Real
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha emitido una sentencia de apelación que reduce significativamente la condena impuesta a un hombre de edad avanzada, quien había sido sentenciado a seis años y tres meses de prisión por matar a un ladrón en su vivienda. Este caso ha generado un notable interés público debido a las circunstancias especiales que rodearon el incidente.
El homicidio ocurrió en la noche en que el ladrón ingresó a la fuerza en la propiedad del octogenario. Ante esta situación, el anciano disparó dos veces al intruso, resultando en su muerte. La defensa del acusado presentó un recurso apelando la condena del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial, argumentando que actuó en un contexto de legítima defensa.
En su fallo, la Sala estima parcialmente el recurso, destacando la existencia de una legítima defensa putativa por error vencible. Es decir, el tribunal reconoce que, aunque la reacción del condenado podría haber estado respaldada por un error que requeriría de mayor prudencia, la situación de agresión ilegítima y el ambiente de peligro justifican su percepción de amenaza. En particular, se menciona que el ladrón portaba una motosierra, lo que, a pesar de estar apagada, representaba un riesgo para el anciano en el contexto de la invasión.
La Sala también señala que, aunque la respuesta del anciano al tomar la escopeta y disparar puede ser vista como un intento de defensa, esta acción podría haberse manejado de manera más cautelosa. No obstante, considerando la soledad del lugar y la hora de los hechos, los jueces concluyen que hay circunstancias que atenuarían la responsabilidad del acusado, como un trastorno mental que se ha reconocido como una eximente incompleta y la confesión del anciano, que se considera «muy cualificada».
Como resultado de esta reevaluación de los hechos, la pena de prisión se ha reducido a nueve meses y cuatro días. Además, se han modificado las responsabilidades civiles hacia los familiares del fallecido, ajustando la indemnización debido a la limitada relación que tenían con la víctima y el daño moral que se ha alegado, especialmente por parte del padre del ladrón, sin desestimar la responsabilidad del mismo por su entrada ilegal en la propiedad.
Por otro lado, el tribunal también resolvió sobre el recurso presentado por la aseguradora de la escopeta utilizada en el incidente, revocando la condena a la compañía aseguradora por considerar que el uso del arma se dio en un contexto defensivo y no se ajusta a los términos de la cobertura de riesgo originalmente pactada, que era destinada exclusivamente a fines cinegéticos.
Es relevante mencionar que esta sentencia no es firme y existe la posibilidad de que se presente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Esta decisión ha avivado el debate sobre la legítima defensa y los derechos de propiedad, especialmente en situaciones donde la seguridad personal se ve amenazada.
Para más detalles sobre este caso, se puede consultar la noticia completa en Diario de Castilla-La Mancha.