En un reciente fallo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado la denuncia interpuesta por el reconocido productor musical Nacho Cano contra la jueza Inmaculada Iglesias Sánchez, encargada de su investigación por posibles delitos relacionados con extranjeros y trabajadores. La decisión del tribunal se fundamenta en la falta de fundamento jurídico en las acusaciones y en el incumplimiento de los requisitos legales necesarios para que la denuncia pudiera ser admitida a trámite.
Cano, junto a otros tres investigados, había presentado su denuncia alegando presuntas irregularidades en la administración de justicia por parte de la jueza, incluyendo acusaciones de prevaricación y retraso malicioso. Argumentaban que estas acciones favorecían de manera parcial a la parte denunciante, perjudicando así su situación en el caso. No obstante, el Tribunal, con Celso Rodríguez como ponente, ha determinado que estas alegaciones no tienen sustento legal.
El TSJM ha señalado que, además de las deficiencias formales en la denuncia, la misma carece de pruebas concretas que sustenten las acusaciones. En este sentido, los magistrados han hecho hincapié en la situación de «orfandad probatoria» que presenta el caso, y han resaltado que no se han presentado evidencias que indiquen un manejo arbitrario de la ley por parte de la jueza involucrada. Esta evaluación coincide con el criterio de la Fiscalía, que también ha considerado que no hay base delictiva en las acciones de la magistrada.
La resolución del tribunal llega en un momento crítico, ya que Cano y los otros investigados están llamados a declarar el próximo 13 de enero, en el marco de una investigación que se remonta medio año atrás a partir de una denuncia de una becaria mexicana vinculada al musical «Malinche». La decisión del TSJM no solo respalda la actuación de la jueza, sino que pone de relieve la importancia de seguir un procedimiento legal riguroso que requiera evidencia concreta para formular acusaciones graves contra jueces y funcionarios del sistema judicial.