Absolución del Pequeño Nicolás: Tribunal Supremo Revoca Sentencia de Tres Años por el Caso de Ribadeo

En un giro judicial significativo, Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido popularmente como ‘El Pequeño Nicolás’, ha sido absuelto por el Tribunal Supremo tras revocarse la condena de tres años de cárcel que le impuso previamente la Audiencia Provincial de Madrid. La acusación contra el joven se sustentaba en supuestos delitos de usurpación de funciones y cohecho vinculados a una representación indebida durante una visita a Ribadeo, Lugo, en 2014.

Los jueces del Supremo desmontaron la acusación, señalando que las acciones atribuidas a Gómez Iglesias se enmarcan en un único incidente de suplantación, que no alcanza la «nota de pluralidad» que el Código Penal exige para considerarlo como un delito de usurpación de funciones públicas. Este veredicto se centró en un evento específico: un almuerzo con un empresario donde Gómez Iglesias presumió ser un intermediario entre la Vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real. Este acto carecía de relevancia penal al no poseer un carácter oficial, político o económico.

Respecto a las acusaciones de cohecho por su oferta de compensación a un policía local a cambio de servicios de escolta no oficiales, el tribunal también ha descartado que constituyen un delito bajo la consideración de que no hubo afectación real o intencionada a la administración pública o sus bienes jurídicos protegidos, resaltando la naturaleza simulada de dicha oferta.

Durante el proceso, la defensa de Gómez Iglesias denunció violaciones a derechos fundamentales, incluyendo la invasión de su intimidad personal y virtual, a través de registros domiciliarios y la confiscación de información de dispositivos electrónicos sin criterios selectivos de relevancia para el caso. Aunque esta línea de defensa no fue el centro del veredicto absolutorio, pone de relieve cuestiones sobre la protección de derechos personales en procedimientos judiciales.

Gómez Iglesias enfrenta aún otras acusaciones no resueltas, entre ellas, penalties por acceder a información policial confidencial y por hacerse pasar por un miembro del Gobierno en transacciones inmobiliarias, lo que significa que su situación legal todavía contiene elementos pendientes de resolución definitiva. Sin embargo, su absolución en este caso particular le permite mantenerse en libertad mientras continúan los procedimientos sobre los demás casos.

Este dictamen del Tribunal Supremo introduce una reflexión crítica sobre cómo deben evaluarse jurídicamente los actos de suplantación sin consecuencias materiales directas, dejando un precedente notable en la interpretación de delitos de usurpación de funciones públicas frente a actos de presunción o falsificación de identidad sin efectos lesivos a terceros ni al orden público.

Silvia Pastor
Silvia Pastor
Soy Silvia una apasionada de los medios de comunicación y especializada en noticias regionales de Castilla-La Mancha, mi región.

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