Recientemente, el Congreso de los Diputados se convirtió en el escenario de un enfrentamiento notable entre José María Figaredo, diputado de Vox, y María Jesús Montero, ministra de Hacienda. El debate se centró en un tema candente: el porcentaje de los ingresos de un trabajador que recibe el salario mínimo interprofesional (SMI) en España y que se destina al Estado. Las cifras presentadas por ambas partes han suscitado un acalorado intercambio en los medios de comunicación y en la opinión pública.
Figaredo argumentó que el Estado se apropia de más del 50 % del salario de aquellos que perciben el SMI. Sin embargo, Montero refutó esta afirmación de manera categórica, señalando que estos trabajadores están exentos del pago del IRPF, y calificó de «barbaridad» las declaraciones del diputado. A pesar de que Montero tiene razón al afirmar que los ingresos por SMI no están sujetos a este impuesto, la realidad se complica al considerar otros factores que Figaredo incluyó en su análisis.
Según un informe de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), el SMI para 2024 se establece en 15.876 euros brutos anuales. Si bien es cierto que no se paga IRPF, los trabajadores que perciben este salario realizan otros pagos obligatorios significativos que deben ser considerados.
Entre estos se encuentra el IVA y otros impuestos indirectos, que impactan a los trabajadores en el quintil más bajo con un tipo efectivo medio del 12,4 % sobre sus ingresos, lo que representa alrededor de 1.968 euros anuales. Además, existen impuestos especiales que, en promedio, representan un 2 % del salario, lo que equivale a aproximadamente 317 euros anuales. En algunos casos, los trabajadores también deben afrontar el IBI, que para aquellos que lo pagan, representa un promedio del 1,64 %, o 260 euros al año. Adicionalmente, las cotizaciones sociales a la Seguridad Social, que son del 6,47 % del salario bruto, se traducen en alrededor de 1.027 euros anuales.
Si se suman todos estos conceptos, los pagos obligatorios, tanto directos como indirectos, ascienden a 3.612 euros anuales, lo que representa alrededor del 22 % del SMI. Sin embargo, Figaredo también incluyó en su cálculo las cotizaciones empresariales, las cuales son del 30,48 % del salario bruto, esto es, aproximadamente 4.837 euros anuales. Esta perspectiva revela que el coste laboral total de un trabajador con SMI es de 20.713 euros anuales, de los cuales el Estado recauda 8.449 euros, equivalente al 40 % del valor añadido generado por el trabajador.
Este análisis sugiere que la realidad se asemeja más a la cifra citada por Figaredo que a la interpretación de la ministra. Aunque el porcentaje del 54 % puede discutirse por incluir costes empresariales, el cálculo ajustado arroja que el 40 % del valor generado por un trabajador con SMI efectivamente termina en manos del Estado.
Este intercambio de argumentos pone de manifiesto la emergencia de un debate más transparente sobre la fiscalidad en España. Si bien es cierto que los trabajadores se benefician de servicios públicos y transferencias del Estado, no se puede ignorar el impacto significativo de los impuestos indirectos y las cotizaciones empresariales. La elevada relevancia del SMI y las políticas fiscales en la agenda pública exige que todas las cifras y su contexto sean considerados para facilitar decisiones informadas y equilibradas en torno a la fiscalidad y la justicia social.